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Acoso Laboral

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Entorno Laboral

El problema es que el Código Laboral panameño es parco con cierto vacío jurídico sobre el acoso laboral (mobbing), sin embargo en las causales de renuncia justificada (empleado) y en las causales de despido injustificado (empleador) existen varias analogías al acoso laboral, con respecto a las condiciones y ambiente de trabajo, relaciones con el empleador, etc. 

 

En el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), en las Juntas de Conciliación Laboral, en los Juzgados Laborales y Tribunal Superior de Trabajo de la Corte Suprema de Justicia, en estas instituciones deben contar con un registro y estadísticas de las denuncias presentadas anualmente por acoso laboral.

 

De igual forma que las Consultoras Privadas y Agencias de Empleo cuentan con estudios de casos de acoso laboral en Panamá. También en la sede de Panamá de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se cuenta con investigaciones al respecto en el Sistema de Información y Análisis Laboral. De igual forma que los organismos no gubernamentales (ONG’s) y organizaciones sindicales deben tener estudios y casos de acoso laboral en Panamá.

 

El acoso laboral es corriente en el sector publico (y privado) de Panamá. En otros países mas avanzados esta mejor regulado en la ley laboral, pues se sanciona el acoso laboral, se establece condiciones óptimas de ambiente e higiene laboral, se estimula el empleo de calidad y la productividad, se incentiva fiscalmente al empleador innovador y con responsabilidad social – ambiental corporativa.  

 

El acoso laboral es objetivo, es ante todo una actitud de menoscabo de las condiciones laborales y ambiente de trabajo, acoso que puede ser realizado por personal directivos o jerarquías hacia sus subalternos, o también puede ser entre compañeros o ejecutivos de niveles equivalentes o similares.

 

La actitud puede incluir: uso de rumores y calumnias, acciones de indisposiciones al trabajo de los demás, acciones de espionaje laboral, realizar acciones ocultas no éticas para quitarle la posición a otros, no otorgar las condiciones mínimas laborables de ambiente, higiene, equipos e infraestructura para la realización optima de trabajo que genera desmotivación laboral, creas obstáculos laborales, obstáculos para la movilidad y ascenso laboral, promover inestabilidad en la conservación del empleo y contratos laborales por tiempos parciales, despidos injustificados y despido sin costo patronal, entre otros diversos aspectos.

 

* ACOSO.

Enlace: http://es.wikipedia.org/wiki/Acoso

 

 

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Acerca de Belisario Rodríguez Garibaldo

Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas / Facultad de Derecho y Ciencias Políticas / Universidad de Panamá | Doctor en Ciencias de la Comunicación y Sociología / Facultad de Ciencias de la Información / Universidad Complutense de Madrid | Doctor Honoris Causa en Educación / Consejo Iberoamericano en Honor a la Calidad Educativa (CIHCE). | Biografía ...
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2 respuestas

  1. Buenas tardes, tristemente en Panamá NO hay ayuda para esto. Actualmente estoy siendo acosada en mi empresa luego de regresar de mi licencia de maternidad (incluso antes se daba el acoso( y la respuesta de ellos es que hacen una conciliación. Qué creen que va a pasar cuando quieran conciliar con mi jefe? la situación será peor. Estoy aislada, no tengo telérono, me prohibieron hablar con un grupo de personas, me descuentan seguro social y no pagan, casi no me dan la diferencia de la licencia de maternidad, en fin y para variar la ayuda del Ministerio es NULA. Sólo rezo por conseguir otro trabajo pronto.

  2. me parece interesante su articulo, me gustaria saber que dicen las leyes panameñas en cuanto aeste fdenomeno